El Gobierno ratificó que los seguros dejarán de ofrecer servicio de grúas: a partir de cuándo será

El Gobierno ratificó que no dará marcha atrás respecto de la modificación del servicio de grúas que prestan los seguros de automotores, los cuales ya no estarían obligados a incluirlo en sus pólizas.

“No vamos a dar marcha atrás con la decisión que se tomó sobre el servicio de grúas para los seguros de auto”, dijo el vocero presidencial, Manuel Adorni. Esto, dado que, se han presentado diferentes acciones judiciales para intentar revocar la decisión y que se continúe con el servicio.

En ese marco, como el Gobierno mantiene su decisión, la medida anunciada por la SSN (Superintendencia de Seguros de la Nación), entraría en vigor el próximo 1 de julio, es decir, que a partir de la fecha, los seguros no estarán obligados a incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus contratos.

En tanto, la ACUDA (Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina), inició una acción colectiva contra dicha medida, ya que “esta modificación intempestiva significará que los consumidores deban pagar mucho más por un servicio indispensable como el de acarreo”.

La medida se estableció mediante la Resolución SSN 217/2024, la cual modificó el artículo 2 del Reglamento de la Actividad Aseguradora, con un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio. Una vez finalizado este periodo, la modificación se aplicará a cada usuario al renovar su póliza.

Al respecto, la SSN sostiene que esta medida “permitirá un mayor desarrollo de la oferta y brindará a los ciudadanos la posibilidad de elegir el precio servicio que mejor se ajuste a sus necesidades y criterios”.

Además de la nulidad de ese artículo, ACUDA solicitó una cautelar para que se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución.

Cuáles son los cambios

Según lo establecido por la SSN, una vez entre en vigencia la resolución, las empresas no estarán obligadas a ofrecer el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo en sus contratos.

El servicio se prestará solo en algunos casos.

Esto en caso de: desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, o falta de combustible. El servicio solo se prestará en caso de siniestro, incendio, robo y/o hurto.

FUENTE: Minuto Neuquen