Dictan prisión en suspenso por violencia de género

Intervino el juez de Audiencia Federico Pellegrino. Con el argumento de que tienen hijos en común, las partes acordaron la no aplicación de restricción de acercamiento entre el imputado y la damnificada, quien expresó su acuerdo para que no se implemente la medida restrictiva.

General Pico (Agencia) – El juez de Audiencia Federico Pellegrino condenó ayer a un joven de 22 años por amenazar de muerte con un cuchillo a su expareja, en presencia de sus hijos. El violento también rompió vidrios de la casa y del auto, cuando la mujer intentaba escapar del ataque.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez Pellegrino condenó al hombre a la pena de un año de prisión condicional, tras considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “amenazas agravadas por el uso de arma y daño simple”.

El acuerdo fue firmado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado, quien admitió su culpabilidad. La damnificada, al ser informada sobre el acuerdo, prestó su conformidad. Debido a la existencia de hijos en común y la necesidad de comunicación con los mismos, las partes acordaron la no aplicación de restricción de acercamiento entre el imputado y la damnificada, quien expresó su acuerdo para que no se implemente la medida restrictiva.

Las pruebas incorporadas en el legajo permitieron al magistrado dar por probado que el 5 de enero de este año el imputado se presentó en el domicilio, en el cual convive con la damnificada y sus hijos, en estado nervioso y agresivo, aparentemente alcoholizado, y ante los reclamos de su pareja la amenazó con un cuchillo, manifestándole que la iba a matar.
Segundos más tarde la víctima se retiró de la vivienda y el hombre la siguió y rompió con sus puños los vidrios de su propio auto y los vidrios de la ventana del frente de la vivienda.
“El accionar del imputado y las expresiones que esgrimió hacia la damnificada limitaron su libertad de autodeterminación, causándole temor”, afirmó el juez.

Pellegrino también expresó que los hechos “se produjeron en el contexto de violencia de género, de acuerdo a lo normado por los arts. 4 y 5, apartado 2, de la Ley N° 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

Finalmente, agregó que “el acuerdo de partes establece como monto punitivo la pena de un año de prisión de ejecución condicional. Teniendo en cuenta que el imputado no registra antecedentes condenatorios, corresponde respetar dicha condena”.

Además, el juez le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de Ejecución Penal y al Ministerio Público Fiscal, y someterse al ente de políticas socializadoras; la prohibición de todo acto de intimidación respecto de la damnificada -su pareja y madre de dos hijos en común-; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico, destinado a que no incurra nuevamente en comportamientos violentos contra terceros.